Concejal Rodrigo Kopaitic, expone respecto a Plebiscitos Comunales en Comisión de Gobierno Interior

Concejal Rodrigo Kopaitic, expone respecto a Plebiscitos Comunales en Comisión de Gobierno Interior
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La moción parlamentaria busca fomentar la participación ciudadana, plantea bajar el porcentaje necesario para el requerimiento ciudadano de Plebiscito comunal de un 10% a un 5% y bajar el umbral para considerarlo vinculante a 50% votantes de la última elección.

Kopaitic en nombre de la AChM manifestó que “no es conveniente la iniciativa, que la comunidad concurra convocando un plebiscito ante la Secretaría Municipal, como alternativa a lo que establece la ley, que es un notario público u oficial de registro civil, quienes están dotados por la Ley para ejercer esta responsabilidad”.

Agregó que “esto agregaría una nueva función a una Dirección Municipal, a la que sistemáticamente en los últimos años se le ha ido entregando atribuciones. La mayoría de los municipios tienen una pequeña unidad de Secretaría Municipal, que no supera las cinco personas”.

Como se sabe, las facultades del Secretario Municipal están vinculadas a actos internos del municipio y no a temas que están regulados a través de la Ley General de Votaciones y Escrutinios.

En relación a disminuir el número de ciudadanos concurrentes para requerir a la autoridad una convocatoria a plebiscito de 10% al 5%, parece conveniente ya que movilizar al 10% de los votantes es una cifra extraordinariamente elevada y como Asociación promovemos la participación de la comunidad.

Sobre la modificación artículo 101 de la LOC de Municipalidades, “rebajando de 50% de padrón electoral a 50% de quienes hayan votado en la última elección municipal”. No resulta recomendable, en especial en aquellas comunas que han tenido un bajo porcentaje de participación en la última elección, ya que con un bajo porcentaje de ciudadanos se podría tomar decisiones que afectan a todos. Más de 30 comunas, donde el número de electores no supera las 3 mil personas.

Una materia sometida a Plebiscito y su posterior resultado debe generar altos consensos y -no sólo- determinarse por simple mayoría, ya que los resultados de esta determinación se mantendrán en el tiempo, y si genera efectos adversos será muy difícil su modificación. Los cuatro plebiscitos que han existido en el país realizados en Las Condes, Vitacura, Peñalolén y Zapallar, han estado vinculados a uso de suelo y su impacto en los Planos Reguladores Comunales.

Factor importante a considerar es además el hecho que aún se mantenga la práctica que en comunas pequeñas votan tres o cuatro veces más que quienes residen en la comuna con los conocidos sistemas de “acarreo”. Lo que podría llevar a que decisiones que tienen que ver con el entorno más cercano de los habitantes, sean decididos por personas cuya residencia habitual es otra ciudad

El citado proyecto, no considera el tema más recurrente y de queja de las autoridades comunales, que es la falta de financiamiento para realizar los plebiscitos, que generan altos costos en personal, vehículos, insumos, impresos, etc., lo cual ha hecho casi inviable este mecanismo de consulta, no superando la decena de plebiscitos realizados en el país en igual cantidad de municipios.