El presidente de la Comisión de Vivienda de la Asociación Chilena de Municipalidades, alcalde de Independencia, Gonzalo Durán dijo que ““esta disposición que me correspondió defender en el Senado en mi condición de Presidente de la Comisión de Vivienda, va efectivamente en la línea correcta porque entrega más facultades a los municipios para las denominadas reparaciones de emergencia sin prejuicio, establece la restricción excesiva en el sentido de que sea solo para intervenciones de un máximo de 20 metros cuadrado”.
El Alcalde de Independencia remarcó que, “es una Ley que fue aprobada sin considerar recursos especiales para los municipios de modo que puedan ejecutar una mayor cantidad de obras de esta envergadura, no obstante, va en la línea correcta, hay que hacer un esfuerzo por dotarla de más facultades para los municipios y al mismo tiempo generar las condiciones presupuestarias que permitan que los municipios puedan de manera rápida y efectiva cumplir esta función tan importante para los ciudadanos”.
Las intervenciones deberán ser calificadas previamente como reparaciones de emergencia por la respectiva Dirección de Obras Municipales y no podrán superar los veinte metros cuadrados por cada bache o irregularidad de la acera, calzada o ciclovía.
Su ejecución deberá efectuarse de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas para la reparación de pavimentos en el Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación, aprobado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Una vez ejecutadas dichas reparaciones de emergencia, deberán ser recibidas por la Dirección de Obras Municipales e informadas a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, al Servicio de Vivienda y Urbanización y al Gobierno Regional correspondientes.
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